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Decanato
El Decanato es el órgano académico unipersonal superior del Centro y la persona titular ha de ser un académico con el grado de doctor y dedicación completa al Centro. Su nombramiento y cese corresponde al Patronato de la Universidad, a propuesta de la Junta General, una vez oído el Claustro del Centro. El mandato ordinario del cargo será de cuatro años, no estableciéndose límites en su renovación.
Las competencias del Decanato son las:
a) Dirigir y supervisar la docencia, la investigación y el resto de actividades académicas del Centro.
b) Proponer a la Administración el nombramiento de las personas titulares de los Vicedecanatos y la Secretaría del Centro.
d) Reconocer los estudios del alumnado que así lo solicite, oídos los responsables de los programas y materias afectadas y de conformidad con las normas aplicables.
e) Velar por el cumplimiento de las normas universitarias en el Centro, así como el buen funcionamiento de los servicios y el mantenimiento de la convivencia académica.
f) Fomentar la investigación y las actividades culturales y de extensión universitaria.