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Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales
C.1.8. Curso Complementario de Formación
Guía Docente Curso Complementario de Formación
Las personas cuya titulación de acceso no acredite los conocimientos jurídicos que fundamenten la viabilidad de la adquisición de las competencias especializadas propias del Máster, deberán superar el Curso Complementario de Formación (CCF) para el acceso al Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales, independientemente de su titulación de origen.
El CCF se ofrece en modalidad no presencial, la misma del Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales y ordena su programa de contenidos en seis unidades fundamentales de un ECTS cada una:
- El sistema de fuentes.
- Los derechos fundamentales.
- Fundamentos del Derecho del Trabajo.
- Fundamentos de las Relaciones Laborales.
- Fundamentos de Derecho Penal.
- Fundamentos de Derecho Administrativo.
En el CCF se desarrollan cuatro actividades formativas: teóricas, prácticas, participativas e individuales. Los sistemas de evaluación aplicados al CCF atienden a las actividades formativas previstas y a su correspondiente ponderación.
- Las actividades teóricas se evalúan mediante examen test.
- Las actividades prácticas se evalúan mediante examen de casos prácticos.
- Las actividades colaborativas se evalúan mediante un informe que valora la participación del alumnado en el Foro de discusión y debate a través de diez ítems (previamente conocidos por el alumnado); el alumnado debe haber participado en los debates para superar esta evaluación y en caso contrario no puede aprobar el CCF.
- El trabajo académico individual se evalúa mediante un informe que valora diez ítems (previamente conocidos por el alumnado). En caso de no presentación del trabajo individual, el alumnado no puede aprobar el CCF.
El alumnado disconforme con su evaluación puede solicitar del Decanato del Centro la convocatoria de una comisión evaluadora ante la cual someterse a una defensa pública de las actividades realizadas y de los conocimientos adquiridos. En este caso se aplican los plazos y procedimientos establecidos en la normativa del centro para las materias de los estudios oficiales.
La superación del CCF se acredita mediante una certificación académica del Centro en la que constan los datos académicos del programa, su fecha de realización y la calificación obtenida. Dicha certificación se emite duplicada y uno de los ejemplares se incorpora al expediente académico del alumno.
La coordinación del CCF corresponde a la Dirección del Máster Universitario en Dirección de Empresas, que designa anualmente el personal académico responsable de los contenidos, actividades y evaluación del programa, en función de su especialidad, así como de la tutoría y seguimiento personal del alumnado matriculado.
El alumnado que supere el CCF puede incorporarse al primer grupo del Máster que se constituya inmediatamente después de dicha superación, de acuerdo con la ordenación académica general del Centro.
El alumnado que curse el CFC antes de obtener la titulación legalmente requerida para el acceso a los estudios de Máster podrá obtener la Certificación acreditativa correspondiente, en caso de superación, pero su admisión al Máster no podrá hacerse efectiva hasta que acredite estar en posesión del título universitario oficial de acceso.
El CCF no es susceptible de reconocimiento total o parcial en virtud de formación académica ni tampoco por experiencia profesional.