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- Grado en Derecho
- C. Acceso y admisión
- C.2. Transferencia y reconocimiento de créditos ECTS
- C.2.2. Criterios de resolución
Grado en Derecho
C.2.2. Criterios de resolución
Reconocimiento de créditos de Grado a Grado. Solo se realizarán reconocimiento de créditos de aquellos alumnos que procedan de estudios de Grado de la misma rama de conocimiento o de otra rama que entre sus asignaturas básicas comprenda alguna que sea común a los estudios que solicita.
Reconocimiento de créditos de Ciclos Formativos de Grado Superior a Titulaciones de Grado universitario. Se reconocerán los créditos establecidos en las adendas que tiene firmadas la Universidad Camilo José Cela con la Comunidad de Madrid para los títulos de los ciclos formativos que figuran en el siguiente enlace:
Ciclos Formativos con reconocimiento de créditos
El presente título no contempla la posibilidad de efectuar reconocimiento de créditos en los siguientes casos:
• Créditos Cursados en Enseñanzas Superiores Oficiales no Universitarias
• Créditos Cursados en Títulos Propios
• Créditos Cursados por Acreditación de Experiencia Laboral y Profesional
• Créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación
El Trabajo Fin de Grado nunca podrá ser objeto de reconocimiento, al estar orientado a la evaluación de las competencias específicas asociadas al presente título.